Organizaciones de mujeres denuncian a David Chávez ante el CNE

Esta mañana de lunes 15 de noviembre, ante el Consejo Nacional Electoral, varias organizaciones de mujeres y derechos humanos interpusieron formal denuncia contra DAVID GUILLERMO CHÁVEZ MADISON, en su condición de presidente del Partido Nacional de Honduras por impulsar una campaña electoral que viola e infringe disposiciones de la Ley Electoral de Honduras, la Constitución de la República y Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Las organizaciones denunciantes disienten del contenido de la campaña y propaganda política del Partido Nacional ya que sus mensajes e imágenes promueven odio contra las mujeres defensoras y estigmatiza a las personas gestantes que estén pasando por una situación de aborto.

El Partido Nacional ha instrumentalizado y distorsionado un derecho de salud reproductiva como el aborto, para promover el odio y la violencia, haciendo uso de diferentes recursos como las imágenes de niñez con discapacidad vulnerando incluso la integridad personal de estos.

La denuncia está presentada bajo el amparo de la Ley Electoral de Honduras, leyes nacionales y derecho internacional, bajo los artículos que señalan:

  • Violación a los siguientes principios de participación ciudadana (art.69 Ley Electoral de Honduras, en adelante LEH):
    • 1) Respeto a los derechos humanos; 2) Respeto a las leyes y al Estado de Derecho; … 4) Igualdad de género; 5) Respeto a la diversidad de ideas; 6) Respeto a los derechos de las personas con discapacidad; … 11) Diálogo y tolerancia.
  • Prohibiciones a los partidos políticos (art. 115 LEH):
    • 1…5) Utilizar cualquier expresión que denigre u ofenda a las personas, instituciones públicas o privadas, así como a otras organizaciones políticas, sus movimientos internos y candidatos; por tanto, les es prohibido difundir, a través de cualquier medio, mensajes que lesionen la imagen, el buen nombre, el honor y la intimidad personal y familiar y en suma la dignidad de toda persona; 6) Utilizar símbolos religiosos, así como expresiones, alusiones o fundamentaciones de carácter religioso o su propaganda; …8) Involucrar niños, niñas y adolescentes en la propaganda electoral y en las demás formas que contravengan las leyes y tratados internacionales sobre los derechos de la niñez .
  • Prohibiciones a la propaganda política (art.226 LEH):
    • 1) … 2) Exhortar a los ciudadanos a que apoyen, se adhieran, o separen de los partidos políticos, alianzas, movimientos internos o candidaturas independientes valiéndose de creencias o motivos religiosos; …6) Utilizar…, símbolos religiosos, así como expresiones, alusiones o fundamentaciones de carácter religioso…12) La que atente contra la dignidad de las personas.

En base a los hechos que motivan esta denuncia, las organizaciones denunciantes solicitan al Consejo Nacional Electoral se ordene al Partido Nacional retirar de forma inmediata y urgente la campaña y propaganda política ilegal y se proceda a sancionar administrativamente a los responsables según los artículos 115 y 226 de la Ley Electoral de Honduras, artículo 32 párrafo último del Código de la Niñez y la Adolescencia, y artículo 86 de la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer.

15 de noviembre de 2021